Para aplicación de las fotocívicas en CDMX falta ley, acusan diputados de oposición

 

La aplicación de las fotocívicas que entró en vigor el pasado 22 de abril no tiene sustento legal en la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México, ni en ninguna otra legislación, afirmaron los diputados locales Jorge Gaviño y Federico Döring.

 

“Esta es una aberración y un error tan grande como si (Marcelo) Ebrard se hubiera atrevido a inventar el alcoholímetro sin que estuviera plasmado en la ley que te pueden detener por estar manejando borracho”, dijo Döring.

 

El legislador panista recordó que fue el pasado 10 de abril cuando la jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum, envió una iniciativa para reformar la Ley de Cultura Cívica.

 

De hecho, estaba programada una sesión de comisiones unidas para votar el proyecto de dictamen para reformar dicha ley, pero a última hora se canceló.

 

BUSCAN AHORA DARLE UN MARCO LEGAL

El jueves (la bancada de Morena) va a querer discutir en la sesión del pleno la reforma a la Ley de Cultura Cívica, con la que pretenden darle un marco legal al Reglamento de Tránsito, pero lo tenían que haber hecho al revés: primero es reformar la ley y luego emitir el reglamento; la ley nos dice el qué y el reglamento el cómo”, aseveró Gaviño, del PRD.

 

En la iniciativa de reforma que mandó Sheinbaum al Congreso local aparecen por primera vez los conceptos “trabajo comunitario”, así como la facultad del juez cívico para conmutar la sanción por este tipo de actividad; lo mismo que el “sistema tecnológico” mediante el que se registran las multas, entre otros temas.

 

“La jefatura de gobierno está tomando medidas sin voltear a ver al Congreso, y como en este caso, (lo hace) para que le regularice lo que ya decidió. Es indigno”, aseveró Döring.

 

TRABAJO COMUNITARIO

Es el caso del concepto de “trabajador comunitario”, se trata del infractor que cumplirá su sanción mediante el trabajo en favor de la comunidad. Aparece en el artículo 3 del proyecto de dictamen, así como el concepto de “sistema tecnológico”, que consiste en los programas de cómputo y cámaras que captan las infracciones de tránsito.

 

En los artículos 6, 8, 9 y 10 del Reglamento de Tránsito vigente se establece el número de puntos que una persona puede perder de su licencia o matrícula vehicular, dependiendo de la falta que cometa, lo cual de acuerdo a Gaviño es ilegal: “La licencia es un permiso y no lo pueden degradar o condicionar, sin que una ley lo respalde”.

 

En cuanto a restar puntos a la matrícula vehicular aseveró que esa medida “también es ilegal.

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