Prisión de 12 a 18 años si usas un bloqueador

 

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) publicó el decreto por el que se formaliza la prohibición de usar, fabricar, comercializar o poseer bloqueadores.

 

Conocidos también como jammers o dispositivos que anulen las señales de telefonía celular, de radiocomunicación o de transmisión de datos o imagen, con penas de 12 a 15 años a quienes violen tal disposición y de 15 a 18 años si el delito lo comente un servidor público.

 

El nuevo mandato

Deja únicamente a los centros de readaptación social excluidos de este cumplimiento que entró en vigor este sábado 25 de enero, con la advertencia de que los particulares que posean estos dispositivos tienen 30 días para entregarlos a Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, destruirlos o excluirlos del país.

 

Se trata del decreto por el que se adicionan el artículo 190 Bis a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión y el artículo 168 ter al Código Penal Federal.

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