En un Estado libre, el pensamiento y la palabra deben ser libres
Contundente, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sostiene que sancionar a los medios masivos de comunicación por no hacer un “uso adecuado del lenguaje”, viola su derecho a la libertad de expresión.
Así, en el marco de la sesión del Pleno de la Corte, los ministros sufragaron seis contra cinco, por declarar inconstitucional obligar a los medios electrónicos a realizar el uso correcto del lenguaje porque ello implica un acto de censura.
A decir de una contradicción de tesis analizada y resuelta este jueves 30 de abril sobre el artículo 222 fracción IX, de la Ley Federal de Radiodifusión y Telecomunicaciones, donde el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena se pronunció por declarar como inconstitucional el precepto que restringe injustificadamente la libertad de expresión.
“POLICÍA DEL LENGUAJE”
Por su parte, el ministro presidente Arturo Zaldívar Lelo de Larrea subrayó que México no tiene un idioma oficial y que el lenguaje está tropicalizado, es decir, se usa de manera muy diferente según cada región del territorio nacional.
Por ende, una norma que supone establecer una policía del lenguaje para vigilar su cumplimiento, resulta aberrante e inconstitucional.
Zaldívar subrayó, además, que el español no es un idioma estático, sino que está en constante evolución, por lo que pretender sancionar su uso incorrecto en radio y televisión, resulta un acto de censura.
La mayoría de los ministros coincidieron con la postura de Arturo Zaldívar, por lo que este fallo tiene la categoría de jurisprudencia y una vez publicado, los jueces mexicanos no podrán avalar las sanciones a los concesionarios que incumplan con el precepto declarado inconstitucional.
Inconstitucional imponer el deber de propiciar el uso de lenguaje correcto en la programación que se difunde a través de radiodifusión o televisión y audio restringidos porque es una limitación injustificada a la libertad de expresión. pic.twitter.com/kxINy3Y0BP
— Suprema Corte (@SCJN) April 30, 2020