SCJN ampara a 48 personas homosexuales de Nuevo León

amparoFoto: Internet

 

 

 

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concedió el amparo a 48 personas homosexuales de Nuevo León que reclamaron violaciones a sus derechos en materia de matrimonio y concubinato.

 

AL RESOLVER EL AMPARO EN REVISIÓN 1266/2015

La Primera Sala reiteró la inconstitucionalidad de los artículos 147 y 291 Bis del Código Civil de aquella entidad que circunscriben las instituciones del matrimonio y el concubinato a la unión de un hombre y una mujer.

 

Ello, al considerar que no existe razón de índole constitucional para desconocer el matrimonio entre personas del mismo sexo y, por lo mismo, la ley de cualquier entidad federativa que limite el matrimonio a parejas de distinto sexo o considere que la finalidad de la institución del matrimonio es la procreación, resulta violatoria del derecho a la igualdad y no discriminación.

 

Los ministros ordenaron remitir la resolución a la Presidencia de la Corte a fin de que informe al Congreso del Estado de Nuevo León sobre la existencia de tales precedentes, ello con el fin de que reforme sus leyes, o de lo contrario, procedería a emitir una declaratoria general de inconstitucionalidad.

 

EN LA MISMA SESIÓN

Los ministros resolvieron los amparos 207 y 582, ambos de 2016, en los cuales se determinó la inconstitucionalidad de los preceptos correspondientes de las legislaciones de Chiapas e Hidalgo, que circunscriben el matrimonio y concubinato a parejas de distinto sexo.

 

En los tres estados, los quejosos reclamaban también una indemnización por daño moral, sin embargo, aplicando precedentes de casos similares, la Corte negó la reparación.

Noticias relacionadas

Comenta