Aunque los espectaculares fomentan el desarrollo económico de la Ciudad de México, también es importante que se encuentren en armonía con el paisaje urbano; ante ello, hay una regulación, pues la publicidad exterior desordenada y la saturación publicitaria causan contaminación visual.
Se encuentra la regulación a cargo de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (Seduvi), por medio de la Ley de Publicidad Exterior, la cual determina que no puede haber espectaculares en las azoteas de edificaciones públicos o privados.
Empero, pueden colocarse estos anuncios en los llamados corredores publicitarios; es decir, las vías primarias de la CDMX que determine la ley; además de que deben sostenerse de una columna.
Los corredores publicitarios son: Anillo Periférico, en el tramo comprendido por los boulevares Manuel Ávila Camacho, Adolfo López Mateos, Adolfo Ruiz Cortines y la avenida Canal de Garay; Río San Joaquín; Eje 3 Oriente Francisco del Paso y Troncoso, y Avenida Vasco de Quiroga.
Con información de Ciudadanos en Red