Algunos derechos vanguardistas plasmados en la Constitución de la CDMX

 

El pasado 17 de septiembre entró en vigor la Constitución CDMX, documento que brinda a los capitalinos varios derechos, algunos considerados como vanguardistas.

 

Además de recuperar la autonomía de la capital, en materia de derechos humanos la Constitución CDMX es uno de los documentos jurídicos más avanzados.

 

A continuación 8 derechos que quizás no sabias que como capitalino puedes exigir:

1. Derecho a la sexualidad

Apartado E de su artículo 6°

La Constitución CDMX ya garantiza el derecho a la sexualidad, de acuerdo con el apartado:

 

Para decidir con quién compartirla y ejercerla de forma libre, responsable e informada, sin discriminación, con respeto a la preferencia sexual, la orientación sexual, la identidad de género, la expresión de género y las características sexuales, sin coerción o violencia.

2. Derechos a la comunidad LGBTTTI

Apartado H del artículo 11°

Los derechos de las personas lesbianas, gays, bisexuales, transgénero, travesti, transexuales e intersexuales, la llamada comunidad LGBTTTI, están reconocidos en la Constitución CDMX “para tener una vida libre de violencia y discriminación”.

 

Además, señala que las autoridades deberán implementar políticas públicas para atender y erradicar la exclusión y discriminación por orientación sexual.

3. Familias diversas

Apartado D del artículo 6°

Este protege a las familias diversas, según el apartado:

Todas las estructuras, manifestaciones y formas de comunidad familiar son reconocidas en igualdad de derechos, protegidas integralmente por la ley y apoyadas en sus tareas de cuidado.

4. Derecho a tener hijos

Apartado F del artículo 6°

Toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, voluntaria e informada tener hijos o no, con quién y el número e intervalo entre éstos, de forma segura, sin coacción ni violencia.

Aunque la Constitución de la CDMX no menciona la palabra aborto, recuerda que desde 2007 se aprobó su despenalización en la capital.

 

5. Derecho al tiempo libre

Artículo 13°

En la CDMX todos tienen derecho a gozar de tiempo libre para el esparcimiento, la convivencia, el descanso, el cuidado personal y el disfrute del ocio. Por eso sus jornadas de trabajo deben tener una duración razonable.

6. Ingreso mínimo

Apartado A del artículo 9°

Todas las personas tienen derecho a un mínimo vital para asegurar una vida digna en los términos de esta Constitución.

Debe incluir, por ejemplo, recursos para tener tiempo libre.

7. Voluntad anticipada

 

Numeral 5 del apartado D del artículo 9°

Aborda el respeto a la voluntad anticipada de los pacientes, es decir,

Aceptar o no, a someterse a tratamientos o procedimientos médicos que pretendan prolongar de manera innecesaria su vida, protegiendo en todo momento su dignidad.

8. Marihuana

 

Numeral 7 del apartado D del artículo 9°

A toda persona se le permitirá el uso médico y terapéutico de la cannabis sativa, índica, americana o marihuana y sus derivados

Recuerda que a nivel federal no se ha despenalizado el uso de la marihuana. Por esto la norma de la CDMX incluye un artículo transitorio; entrará en vigor “cuando la ley general en la materia lo disponga”.

 

Con información de Nación 321

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