Cofepris pone en vigor lineamientos para uso y comercialización de la mariguana

 

El titular de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) informó que a partir del 30 de octubre entraron en vigor los lineamientos para la producción, comercialización y uso de la mariguana en México.

 

Son de aplicación obligatoria para la comercialización de estos productos, en junio pasado esto aún estaba prohibido, duró 90 años prohibido, la gran noticia que tenemos hoy, es que se eliminó la prohibición, sostuvo Julio Sánchez y Tepoz, titular de la COFEPRIS

 

Enfatizó que estos lineamientos constan de 50 artículos en los cuales se especifica:

1) Se podrá sembrar, cultivar y cosechar marihuana únicamente con fines médicos y de investigación.

2) En el caso de fines industriales, como es la elaboración de cosméticos, suplementos alimenticios y bebidas, se podrán importar los insumos de la marihuana de países en los cuales está permitida su producción y comercialización.

3) En el caso del uso lúdico o recreativo la COFEPRIS no otorgará permiso alguno.

 

NO HAY PERMISOS PARA USO LÚDICO

“Una negativa absoluta porque no tengo facultades para emitir permisos de uso lúdico de acuerdo a la legislación actual. Hasta el momento la única forma en la que te podemos emitir permisos de uso individual es a la persona o personas que les haya sido otorgado un amparo”, subrayó Julio Sánchez.

 

Dijo que se trata de lineamientos y no un reglamento, pues la COFEPRIS no tiene facultades para reglamentar el uso de la mariguana, pero aclaró que de cualquier forma se tienen que cumplir.

 

En la conferencia estuvo el padre de la niña Grace, caso que detonó la autorización de uso del cannabis en México ya que esta pequeña, de ocho años, sufría 400 ataques epilépticos al día, que desde hace tres años son controlados con un medicamento elaborado a base de la mariguana.

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