Condiciona México aceptar reglas automotrices más duras

 

México solicitó blindar la viabilidad y la operación del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) con la exclusión de la cláusula sunset con muerte súbita y la permanencia del capítulo 20, como condiciones a las posiciones que ha cedido en cuanto a las reglas de origen del sector automotriz.

Los negociadores mexicanos han mantenido como líneas rojas el que no se suprima el capítulo 20, donde se regulan casos de resolución de controversias Estado-Estado y que no se incorpore la cláusula sunset en el sentido de que el TLCAN terminaría automáticamente cada quinquenio, a menos que los tres países acordaran antes renovar ese pacto comercial.

Fuentes ligadas a la negociación dieron a conocer que estas dos condiciones son inamovibles para México, porque implicarían, de lo contrario, terminar de facto con el TLCAN.

México se dio a la tarea de condisionar ambos asuntos, entre otros, a las concesiones que ha hecho en materia de reglas de origen, en las que, según las mismas fuentes, el gobierno mexicano ha hecho concesiones en tres sentidos: en la incorporación del elemento laboral, en el aumento del contenido regional y en el incremento del uso de ciertos metales locales en la producción de vehículos automotores.

OMC vs TLCAN

Por otra parte, las disposiciones de solución de controversias del TLCAN eran innovadoras en el momento en que se negoció el pacto. Según el capítulo 20, el acuerdo creó un mecanismo de Estado a Estado aplicable, por primera vez, en un Tratado de Libre Comercio, para resolver disputas derivadas del acuerdo.

Este mecanismo de solución de controversias rara vez se ha utilizado, en parte porque las disposiciones del TLCAN se superponen sustancialmente con las de la Organización Mundial de Comercio (OMC), que entró en vigor un año después del TLCAN.

De acuerdo con el Congreso estadounidense, el sistema de solución de diferencias de la OMC se ha utilizado ampliamente —más de 500 casos interpuestos por miembros de la organización— debido a las ventajas percibidas, incluido un mecanismo de apelación y un creciente cuerpo de precedentes.

Si el TLCAN se revisa con disposiciones que no están en los acuerdos de la OMC, los páneles del TLCAN se pueden usar más y su capacidad de funcionar adecuadamente puede examinarse en cualquier renegociación.

Finalmente, Estados Unidos planteó que en el capítulo 19, en el cual se abordan los casos de prácticas desleales de comercio, por dumping o subsidios prohibidos, se seguirán estableciendo los páneles de solución de controversias, pero los resultados finales de los mismos serían opcionales en cuanto a su acatamiento.

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