La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite las controversias constitucionales que interpusieron el gobierno de Chihuahua, así como 16 municipios de esa entidad y cuatro de San Luis Potosí para impugnar las modificaciones aprobadas por el gobierno federal a las reglas de operación del Fondo Minero, mediante las cuales se transferirán más de 3 mil 600 millones de pesos al programa nacional de Tandas.
Fue el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena quien admitió a trámite dicho recurso, no obstante negó la suspensión que solicitaron los municipios de Hidalgo de Parral, Chihuahua, y de Charcas, San Luis Potosí, por los que las adecuaciones seguirán vigentes.
El ministro dio un plazo de 30 días hábiles para que el Congreso de la Unión y el Poder Ejecutivo federal presenten su contestación.
BANCA DE DESARROLLO
Las reformas al mencionado precepto establecen que la Secretaría de Economía debe realizar las gestiones necesarias con el fin de constituir una institución de banca de desarrollo, para administrar el Fondo Minero a más tardar en un plazo de 90 días naturales a partir del decreto publicado el 28 de diciembre de 2018.
De acuerdo a lo publicado por el gobierno federal, los recursos de dicho fondo serán destinados por la Secretaría de Economía, de manera directa o coordinada con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y con las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, así como sus dependencias y entidades, conforme a los lineamientos que para tales efectos emita y los convenios que, en su caso, suscriban.