De acuerdo con el Diario Oficial de la Federación (DOF), la remuneración de que perciban, por sus servicios, los Ministros de la Suprema Corte, los Magistrados de Circuito, los Jueces de Distrito y los Consejeros de la Judicatura Federal, no podrá ser disminuida durante su encargo.
Según el manual que regula las remuneraciones de los servidores públicos del Poder Judicial de la Federación, unministro gana entre 269 mil 215 y 159 mil 282 pesos. Un juez de distrito percibe la cantidad de 132 mil 431 pesos.
Un magistrado de la Sala Superior gana 264 mil 030 pesos, un magistrado de la Sala Regional y Visitador recibe por sus servicios 149 mil 559 pesos.
Prestaciones, beneficios adicionales de los que gozan magistrados, jueces y ministros
Entre las prestaciones que tienen los magistrados y jueces se encuentran: seguros de vida, retiro, incapacidad e invalidez total y permanente, gastos médicos mayores y de separación individualizado.
Así como:
*Seguro de vida institucional
* Seguro colectivo de retiro
* Seguro de gastos médicos mayores
* Seguro de separación individualizado
* Ayuda de gastos funerales
* Ayuda por incapacidad médica permanente
* Ayuda de anteojos
* Estímulo por antigüedad
* Estímulo por jubilación
* Licencia prejubilatoria
* Pago de defunción
* Ayuda de despensa
* Estímulo día de la madre
* Estímulo día del padre
* Fondo de reserva individualizado
* Pago de horas extraordinarias
* Prestaciones de seguridad social.
Se reitera que es falso que en el PJF alguien gane ni remotamente 600 mil pesos mensuales. Consulta aquí la información real que cada año, de manera transparente, se publica en el DOF.
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A lo anterior se le suma el aguinaldo. Los ministros reciben la cantidad de 251 mil 486 pesos y un juez de distrito la cantidad de 444 mil 380 pesos.
En tanto un magistrado de Sala Superior se hace acreedor de 444 mil 380 pesos como aguinaldo, uno de la Sala Regional recibe 294 mil 122 y un visitador 310 mil 428 pesos.
También tienen como prestación vacaciones, dos periodos al años, y prima vacacional, importe equivalente al 50 por ciento de diez días de sueldo básico, el cual es otorgado en cada uno de los dos periodos vacacionales.
Además cuentan con pago por riesgo, el cual les es otorgado por la naturaleza, complejidad y responsabilidad de las funciones que tienen encomendadas. Y reconocimiento especial, ayuda económica mediante la cual se reconocen anualmente las labores del personal que sea considerado por los Órganos de Gobierno.
Fuente: Radio Fòrmula