La inadecuada atención médica a una mujer durante las etapas prenatal y parto en un hospital de Petróleos Mexicanos (Pemex) ocasionó daño cerebral en una recién nacida, por lo que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación a la empresa.
El organismo señaló que Pemex debe reparar el daño a la menor y a sus padres, proporcionar la atención médica de rehabilitación que requiera la niña de forma vitalicia y psicológica, e implementar un programa de supervisión para el correcto funcionamiento del equipo médico de dicho nosocomio.
Además, es necesario emitir una circular al personal médico de Radiología e Imagen de ese hospital para que entregue copia de la certificación y recertificación que tramite ante los Consejos de Especialidades Médicas, y capacitarlo sobre el derecho a la protección materno infantil, interés superior de la niñez y el conocimiento, manejo y observancia de la norma oficial para la atención de la mujer embarazada.
EN LA QUEJA
Los padres de la menor detallaron que la niña nació el 13 de octubre de 2016 en el Hospital Central Norte Azcapotzalco de Pemex y que presentaba asfixia perinatal y lesiones cerebrales.
La madre explicó que acudió al hospital cuando tenía 39 semanas de embarazo, para que le realizaran un ultrasonido de control prenatal. Sin embargo, el radiólogo no llevó a cabo un interrogatorio clínico respecto del desarrollo del embarazo, el cálculo de las semanas de gestación, ni canalizó a la mujer al servicio de urgencias.
Posteriormente, los resultados fueron llevados con la médica obstetra, quien le dijo al radiólogo que “sería su responsabilidad si había complicaciones al no advertir del bajo peso del producto y del cual tuvo conocimiento al momento de realizar dicho estudio”.
RADIÓLOGO SE NIEGA A REALIZAR ULTRASONIDO DE URGENCIA
La médica obstetra ordenó realizar un nuevo ultrasonido de urgencia, pero el mismo radiólogo se negó a realizarlo.
Por ello, se decidió practicarle una cesárea en el quirófano de urgencia, donde nació la niña de 39 semanas de gestación y de 2.260 kilogramos, frecuencia cardiaca baja, así como asfixia perinatal severa con daño a cerebro, corazón e hígado.
Aunque recibía terapias de neurodesarrollo y los padres estaban por recibir un diagnóstico más detallado de las lesiones, la atención fue interrumpida a los ocho meses, ya que el padre de la niña causó baja en Pemex.
La CNDH recomienda a la Dirección General de Pemex que, en coordinación con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, se repare de manera integral el daño ocasionado a la menor de edad y a sus padres, a quienes se deberá inscribir en el Registro Nacional de Víctimas, para que tengan acceso en lo conducente al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral.
Fuente: 24 horas