La Oficina de la Presidencia de la República debe asumir competencia, y en su caso, dar a conocer los documentos que sustenten la declaración del Ejecutivo de la Nación sobre la falta de elementos para presentar denuncia formal contra los involucrados en presuntos esquemas de corrupción en el Nuevo Aeropuerto Internacional de México (NAIM).
Así lo instruyó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) a través del comisionado Joel Salas Suárez, quien acotó que la información pública y la transparencia permitirán a las autoridades aclarar si hubo corrupción en este proyecto, mostrar la ruta de cada peso y dar a conocer a la población el monto ahorrado tras la cancelación de las obras del NAIM.
Salas Suárez subrayó que la información adquiere mayor relevancia por el monto de recursos destinado al proyecto -169 mil millones de pesos originalmente- provenientes de recursos públicos.
SUSTENTO CON DOCUMENTOS
A través de una solicitud de información, un particular requirió a la Oficina de la Presidencia de la República los documentos que sustentan la declaración del titular del Ejecutivo federal sobre la falta de elementos para presentar denuncia formal contra los involucrados en los esquemas de corrupción en el Nuevo Aeropuerto Internacional de México, así como la documentación que recibió de sus colaboradores para brindar dicha información.
Ante la solicitud, la Oficina de la Presidencia de la República respondió que la información requerida no es de su competencia, por lo que sugirió al particular presentar su solicitud ante la Unidad de Transparencia de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) o al Grupo Aeroportuario de la Ciudad de México (GACM).
Inconforme, el particular interpuso un recurso de revisión ante el INAI, en el que manifestó que el sujeto obligado debe contar con la documentación requerida, ya que el titular del Ejecutivo Federal emitió la declaración en cuestión durante una conferencia de prensa.
TIENE ATRIBUCIONES
Al analizar el caso, se advirtió que la Oficina de la Presidencia de la República tiene atribuciones para proveer al titular del Ejecutivo federal de la información y datos necesarios para sus actividades, toma de decisiones o formulación de mensajes, así como coordinarse con las diversas dependencias y entidades de la administración pública federal para acercar al Presidente los elementos necesarios para el desempeño de sus funciones.
El sujeto obligado cuenta con diversas unidades de apoyo técnico, entre ellas, la Secretaría Técnica del Gabinete, la Coordinación de Opinión Pública y la Coordinación de Asesores del Presidente.
Por ende, el pleno del INAI, revocó, por unanimidad, la respuesta de la Oficina de la Presidencia de la República y le instruyó asumir competencia para conocer de lo requerido por el particular, y emitir la respuesta que en derecho corresponda, conforme al procedimiento establecido en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.