Un Juez federal de la Ciudad de México admitió a trámite el primer amparo contra el memorando del Ejecutivo de la Nación, con el que ordenó no aplicar las leyes educativas vigentes mientras se concretaba su nueva reforma educativa.
Memorándum sobre la cancelación de la mal llamada reforma educativa.https://t.co/mMvULdN7yL pic.twitter.com/daUfbqxCkS
— Andrés Manuel (@lopezobrador_) 16 de abril de 2019
ACTO DECLARATIVO
Empero, el mismo Juzgado Segundo del Centro Auxiliar de la Primera Región negó suspender los efectos del memorándum, al considerarlo un acto meramente declarativo.
“El memorándum de 16 de abril de 2019, dirigido a la Secretaría de Gobernación, al Secretario de Educación Pública y al Secretario de Hacienda y Crédito Público, es un acto declarativo ya que no trae aparejado acto de ejecución alguno, ni con su emisión se modificó algún derecho del quejoso o situaciones existentes, de ahí que a medida cautelar solicitada es improcedente”, afirmó el juzgado.
Además, el secretario de acuerdos en funciones de juez dio de plazo 15 días para que rindan sus informes justificados, en el cual señalen las razones y fundamentos que estimen pertinentes para sostener la improcedencia del juicio de amparo y la constitucionalidad y/o legalidad del acto reclamado.
VIOLA 5 ARTÍCULOS CONSTITUCIONALES
Ello, debido a que el memorándum viola cinco artículos de la Constitución, entre ellos el 49, que prohíbe concentrar el Poder Legislativo en una sola persona, así como el 128, que ordena a todo servidor público protestar guardar y hacer guardar la Carta Magna.
Según el diario Reforma, el juez consideró que Carlos Escobedo Suárez, promotor del amparo, no acreditó su interés legítimo para la suspensión, ya que solo anexó la copia de su credencial de la UNAM, cuya identificación no es suficiente para probar la afectación que le genera el memorándum.