SAT suspenderá sello digital a incumplidos; no podrán facturar

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Con los contribuyentes que no cumplan a tiempo con sus obligaciones fiscales. el fisco va a suspender temporalmente el sello digital, con lo cual no podrán emitir facturas, explica el experto Javier Zepeda.


 
El Certificado de Sello Digital (CSD) es un archivo digital emitido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) que sirve para generar los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI), ya que la Fiel o firma electrónica no es suficiente para este propósito.

TE CONGELARÁN SELLO DIGITAL

El director general de Bios Instala dice que eso equivale a como si te congelaran la cuenta bancaria o literal “te van a congelar temporalmente el sello digital”.

“Si te congelan el sello digital, no puedes hacer facturas, el cliente no te paga, no tienes ingresos y no se puede cumplir con los compromisos de pago, con lo cual la empresa o contribuyente está prácticamente en promesa de morir”. alerta.

Advierte que en 2020, el SAT aplicará este cambio que está en la resolución miscelánea fiscal.

“El SAT está cerrando el camino para que el contribuyente, se porte bien, pague sus impuestos, no intente defraudar al fisco y no intente engañarlo con número o que esté falseando información”, pondera.

 

“El SAT va a castigar al que se porte mal, es como los padres que tienen hijos adolescentes, cuando se portan mal, y necesitan reprenderlos, les quitan el celular y no van a tener contacto con los amigos; se les va a retirar uno o dos días”, señala.

Causas de suspensión  

-Omitir declaraciones anuales. 

-Presentar dos o más declaraciones provisionales de manera seguida. 

-Que no puedan acreditar que su operación con proveedores sea real.

-Si un contribuyente no está localizable.
 
-Cuando el fisco detecte inconsistencias entre los ingresos declarados por el contribuyente y los obtenidos.
 
-Cuando se falsa la información o no tenga activo el buzón tributario.
 
-Declarar pérdidas inexistentes
Para 2020, de manera automática si no cumple, al día siguiente se le suspenderá el sello digital, será a través de la tecnología de la información.

¿Qué podrá hacer el contribuyente afectado?

-El SAT tendrá que mandar un aviso de suspensión a través del buzón tributario.
 
-El contribuyente tiene 10 días para responder
 
-El SAT tendrá a más tardar que restablecerle el certificado del sello digital al día siguiente hábil desde el momento en que responda el contribuyente dentro del plazo establecido.
 
 
-El SAT tiene 5 días hábiles para requerirle más información o 10 días hábiles para dar por terminado el proceso, señala Excélsior. 

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